Fachadas

  • Antes de intervenir en cualquier fachada es recomendable realizar previamente un estudio estratigráfico con control arqueológico de los paramentos por la posible presencia de pinturas murales, revocos antiguos, escocias, pátinas, etc., con el fin de proteger, conservar, y restaurar estos restos, si existiesen. Al menos debemos hacer alguna cata para conocer si existe algún otro revoco por debajo del actual.
  • Se debe hacer un estudio de las patologías determinando cual es el tipo de intervención más adecuada.
  • La obra a plantear debe tener en cuenta la rentabilización de los medios auxiliares necesarios para su ejecución. La instalación del andamio en fachada, por ejemplo, teniendo en cuenta que se trata de unidad de obra costosa. Debemos intentar sacar el mayor rendimiento a su colocación.
  • Se recomienda el uso de revocos  tradicionales de morteros de cal, o de yeso y cal, estos morteros funcionan mejor en cuanto a fisuras, formación de sales, etc.
  • En cuanto a las reparaciones parciales, se deben utilizar siempre materiales de acabado similares a los existentes en la fachada original.
  •  Se debe intentar eliminar instalaciones de las fachadas. Si no es imposible eliminarlas entonces ocultarlas. Existen sistemas como las canaletas, por ejemplo.
  • Se debe proteger los puntos singulares de la fachada de la entrada de agua de lluvia. Se recomienda utilizar láminas de plomo o de zinc como protección de impostas, aleros, etc.
  • Se tendrán en cuenta las Ordenanzas del Plan Especial del Casco Histórico (PECHT) en cuanto a elementos antepuestos  (balcones, miradores, antepechos) y elementos sobrepuestos (prohibición de marquesinas, toldos, carteles luminosos,…).
  • Las Ordenanzas del Plan Especial del Casco Histórico (PECHT) no permite la aplicación de pintura plástica. Se recomienda utilizar revestimientos pétreos o pinturas al silicato, este tipo de  pinturas tienen mayor calidad y durabilidad en el tiempo. Deberá cumplirse siempre con la gama de colores del Plan de Color del Casco Histórico de Toledo.
  • Las Ordenanzas del PECHT no permiten el uso de revocos tipo monocapa. Se recomienda que el acabado de los revocos de cemento o de cal no sea el raspado, que generalmente es el acabado de los revocos de monocapa, dando lugar a confusión.
  • La ordenanza 1 A del POM no permirte la colocación de elementos sobrepuestos en fachada, tipo maquinaria de aire acondicionado. Se pueden colocar el suelo de los balcones ocultos tras  algún tipo de celosía ya sea de madera o metálica.
  • Se recomienda la utilización de carpinterías de madera, estando las metálicas restringidas y las de PVC prohibidas por la Ordenanza 1 A. Asimismo no se permite la colocación de persianas con tambor exterior, recomendándose las persianas tradicionales de madera enrollables.

Según las Ordenanzas dPlan Especial:

Las actuaciones en fachadas deberán seguir las directrices del PECHT. Según el Plan Especial del Casco Histórico (Artículo 2.4):

1.    Se consideran fachadas a efectos de la Ordenanza del Plan Especial los planos de la edificación coincidentes con las alineaciones exteriores e interiores.

2.    Materiales

Las actuaciones de rehabilitación, reforma o nueva construcción deberán atenerse a los sistemas constructivos tradicionales en la formación de fachadas, respetando las siguientes reglas en cuanto a los materiales a emplear:

a) Ladrillo: se empleará ladrillo de tejar, con características dimensionales y de aparejo y rejuntado ancho según la tradición de Toledo.

b) Mampostería, sillería y aplacados: se admiten las fachadas de piedra en sus modalidades de mampostería, sillería o aplacados, con la condición de utilizar piedras naturales según las coloraciones de tonos pardos, crudos y ocres suaves, y en ningún caso pulimentadas.

c) Mixta: se admite la combinación de las dos anteriores, según las relaciones de aparejo tradicionales.

d) Revocos: se admiten los de cales o cemento fratasado y blanqueados a la cal. En cualquier caso, cuando un revoco se superponga a otro anteriormente existente, se deberán realizar los estudios necesarios para establecer el valor del antiguo o capas interiores y su posible recuperación o preservación.

e) Fachadas entramadas: se admiten vistas cuando el entramado pertenezca a la edificación preexistente.

f) Prohibiciones: no se admiten muros cortina ni sistemas análogos, revestimientos de plaqueta, gresite, vidriados, imitaciones a sistemas constructivos, metálicos, fibrocemento y similares.

3.    Colores

Se consideran colores adecuados las gamas pardas, ocres, blanco crudo o encalados, así como otros colores cálidos en tonos pastel o madera, así como aquellos otros cuya presencia en la edificación preexistente esté acreditada. Las nuevas intervenciones deberán respetar la coloración de las zonas urbanas que la tengan característica. Estas determinaciones de color son extensivas para los diferentes elementos de la fachada.

4.    Planta baja

 Se resolverá de manera coherente con el resto de materiales de la fachada. Los acabados exteriores deberán ser fijados con precisión en el proyecto, con independencia de los usos específicos a que se destine. No obstante se podrá poner un mayor énfasis en el acceso general.

Se prohíben las rejas, antepechos o escaparates que sobresalgan de la alineación establecida, hasta una altura libre de 3,35 metros.

Los escaparates y aberturas en esta planta tenderán a minimizar su incidencia en el macizo de fachada dominante. Los accesos a aparcamientos, cuando existieren, deberán resolverse en el plano de fachada evitando retranqueos.

5.    Huecos

Dadas las características de la ciudad, la disposición de los huecos al exterior puede regularizarse o no y su tamaño debería tender a minimizarse. No obstante, dado que el mantenimiento de las características de los huecos tradicionales puede suponer un cierto contrasentido con los requerimientos de la vivienda actual, se seguirá en todo caso el criterio de respetar las proporciones verticales y no apaisadas, tanto en aberturas antepechadas o ventanas, de forma que predomine el macizo sobre el hueco.

Los balcones y miradores se podrán construir tan sólo en los sectores en que el Plan Especial los permite expresamente.

Los dinteles guardarán coherencia con los materiales usados en fachada y se ajustarán a las fábricas tradicionales en el Casco.

El empleo de carpintería metálica deberá restringirse en función del tipo de intervención de que se trate, la situación del hueco dentro de la edificación, el color y los demás factores que puedan incidir negativamente en la estética del edificio.

Con carácter general, estarán prohibidos: a) la carpintería de plástico; b) los antepechos de obra de fábrica, piedra y similares; c) las persianas con tambor exterior y cierres metálicos enrollables; d) los cerramientos de huecos enrasados en fachada. Se recomiendan las persianas y portones de madera.

6.    Elementos decorativos

Se producirán con sencillez, con una profusión moderada, recomendándose en todo caso la elección de un elemento de fachada destacado, pero aislado, en el que incidir preferentemente.

7.    Elementos antepuestos

Se denominan así aquellos que se añaden en voladizo al plano de fachada y que forman parte funcional de la edificación. Se podrán construir en los sectores en que específicamente se determina y en las parcelas no incluidas en los mismos, siempre que la calle tenga en ese punto un ancho de 3 metros como mínimo. Serán de dos tipos:

a) Balcones: se admiten en una sola de las plantas de cada inmueble, y separados entre sí, como mínimo, cinco metros en una misma finca. El ancho del balcón podrá ser de 2 metros y el vuelo no excederá en ningún caso de 0,5 metros en total. La barandilla será de barrotes verticales, de hierro forjado.

b) Miradores: Se admiten en todas las plantas pero a razón de uno por frente de parcela y planta.

Las dimensiones serán las establecidas para los balcones y los cerramientos sólo podrán ser de carpintería de madera y metálica pintada (no de aluminio) y vidrio, sin persianas ni portones.

c) Aberturas antepechadas: el hueco deberá ser de proporciones claramente verticales y la barandilla se situará en el plano de fachada o con un vuelo de 0,2 metros, como máximo, respecto de dicho plano, así como 0,2 metros por cada lado del hueco de fachada.

Los elementos antepuestos cuando se sitúen en sectores monumentales, se atendrán a las características y medidas de los existentes en las inmediaciones.

8.    Elementos sobrepuestos

Se prohíben en las fachadas los elementos sobrepuestos ajenos a la lógica del propio edificio, como toldos, marquesinas, jardineras de obra, escaparates y vitrinas voladas o adosadas, carteles luminosos, anuncios y similares.

La colocación de carteles, anuncios publicitarios y los rótulos de los establecimientos será objeto de normalización por el Ayuntamiento, procurando su adecuación en cada caso a las características del Casco y su integración armónica en el marco de la fachada”.