Ayudas para ejecución de obras en edificios de bienes de interés cultural
.¿QUÉ TIPO DE AYUDAS SON?
El Consorcio de la Ciudad de Toledo pretende, con estas ayudas, crear una línea dirigida a los inmuebles pertenecientes al Patrimonio Cultural Español que no están incluidos en otras líneas de subvención del Consorcio y que se centrarán en los bienes inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural en la categoría de monumentos con pago en especie, es decir que no son dinerarias. El Consorcio de Toledo ejecutará las actuaciones de forma directa con o sin cofinanciación del propietario en función del tipo de actuación. El tipo de subvención será del 85% del presupuesto de intervención (IVA incluido), no obstante, en las actuaciones destinadas a la eliminación y ocultación de instalaciones vistas, así como para la restauración de elementos de interés patrimonial, incluidos en el BIC, y para elaboración de proyectos de difusión y planes de gestión el tipo de subvención podrá alcanzar el 100 % del presupuesto de intervención
.¿QUÉ SE SUBVENCIONA?
Son subvencionables los conceptos siguientes siendo en todo caso necesario la ejecución de obras en el inmueble:
a) Redacción de los proyectos de obras y estudios de seguridad y salud.
b) Dirección facultativa de las obras.
c) Coordinación de seguridad y salud en fase de obra, incluyendo cualquier tipo de estudio o informe sectorial y todos los trabajos técnicos de toma de datos, gestión de residuos, control de calidad de la edificación, etc. de acuerdo con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, necesarios para su ejecución.
d) Proyectos de trabajos arqueológicos.
e) Proyectos de trabajos de restauración
f) Elaboración de planes de gestión, proyectos de difusión y puesta en valor de estos bienes.
.GESTIÓN DE ESTAS AYUDAS
Esta modalidad de subvenciones contempla actuaciones directas del Consorcio, en edificios declarados como BIC en la categoría de monumentos, que se articulan a través de la concesión de subvenciones en especie, asumiendo nuestra institución las contrataciones necesarias para realizarlas.
El procedimiento de selección de los inmuebles será el de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciendo una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras
PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS 2024
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Para conocer con detalle todo lo relativo al procedimiento de concesión de estas ayudas, requisitos y documentación pueden consultar la CONVOCATORIA y las BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN
1. Tramitación presencial de las ayudas:
Impresos para realizar la tramitación presencial de las ayudas en nuestras oficinas (solicitantes personas físicas):
SOLICITUD DE AYUDA (PDF) ANEXO 1 (PDF) CONSENTIMIENTO CONSULTA DE DATOS (PDF)
2. Tramitación electrónica de las ayudas:
Ruta de acceso para realizar la tramitación electrónica de las ayudas (solicitantes personas físicas, personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos establecidos en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas):